Derecho Administrativo Romano

Departamento:
Ciencias Jurídicas Internacionales e Históricas y Filosofía del Derecho
Asignatura:
DERECHO ADMINISTRATIVO ROMANO
Profesor responsable del Área:
Prof. Dr. Juan Miguel Alburquerque
Catedrático de Derecho Romano
Profesorado de la asignatura:
Profª. Dra. V. Ponte y Arrebola
Profesora Colaboradora (II) de Derecho Romano
OBJETIVO DE LA ASIGNATURA
Destacados administrativistas actuales como García de Enterría, Villar Palasí, Gallego Anabitarte, Parada Vázquez, etc. han subrayado y valorado en instituciones concretas la influencia del Derecho Romano en el desarrollo y en la evolución del Derecho Administrativo moderno y en el Derecho Público en general. En efecto, en Roma el nivel de desarrollo de las estructuras y actividades de orden administrativo es similar a la importancia histórica y el grado de expansión de la comunidad política, lo que permite hablar de "Derecho Administrativo Romano" para hacer referencia al ámbito de la experiencia administrativa romana.
Lo que no existe en Roma , como señala Fernández de Buján, es una ciencia del Derecho Administrativo, en cuanto que no fue objeto de especulación teórica general por parte de los juristas romanos, ni ha sido construida por los romanistas. Incluso hay que esperar al siglo XIX para que pueda hablarse de un Derecho administrativo en sentido técnico, construido sobre la base de los principios del absolutismo del siglo XVIII y de los principios constitucionales propios de la Revolución Francesa y también hay que esperar al siglo XIX para que pueda hablarse de una ciencia del Derecho administrativo.
Por todo ello, el objeto de nuestra asignatura se concreta en el ámbito de la experiencia administrativa romana que nos proponemos estudiar conforme a la ordenación de Riccobono, básicamente en los términos en los que se desarrollan los 10 temas del programa.
TEMARIO DE LAS CLASES PRÁCTICAS
Dicho temario se escoge cada año, según el interés docente de los libros recomendados en la sección de bibliografía.
SEMINARIOS
Se impartirán a lo largo del curso varios seminarios relacionados con el Derecho Público Romano. También se organizarán conferencias de prestigiosos romanistas a nivel nacional e internacional en esta Facultad a cargo del Área de Derecho Romano.
MÉTODOS DE VALORACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO
Se realizará un examen final escrito, teniéndose en cuenta la asistencia a clase del alumno.
METODOLOGÍA PEDAGÓGICA
Lecciones magistrales y clases prácticas. Se realizarán clases especiales con participación de alumnos en la exposición de casos prácticos.
BIBLIOGRAFÍA
Los libros recomendados este curso son:
-Derecho Público Romano. Recepción, Jurisdicción, Arbitraje y Proceso, de Antonio Fernández de Buján (Catedrático de Derecho Romano de la Universidad Autónoma de Madrid), 8ª edición, Thomson-Civitas. 2005.
-La protección o defensa del uso colectivo de las cosas de dominio público: Especial referencia a los interdictos de publicis locis (loca, itinere, viae, flumina, ripae), de Alburquerque , J.M., Dykinson, 2002.
-El régimen jurídico de las vías públicas en Derecho Romano, de V. Ponte, Dykinson, 2006.
Recursos Electrónicos:
- Material para el estudio: AA.VV. Fernández de Buján, Antonio (Coord.).
Base de conocimiento jurídico/Programa de Derecho Romano (Madrid 2006). www.iustel.com
- Revistas Generales:
Revista General de Derecho Romano (RGDR). Dir. Antonio Fernández de Buján: www.iustel.com. Madrid 2006.
TEMARIO DE LAS CLASES TEÓRICAS
Lección 1
Derecho Administrativo Romano. Ideas preliminares y problemática metodológica. Concepto. Proyección en las legislaciones contemporáneas.
Lección 2
Ámbito de la experiencia administrativa romana. La organización administrativa de los territorios conquistados por Roma. El sistema provincial: las leges provinciae. Colonias y municipios.
Lección 3
Competencias atribuidas a la Administración Pública. Especial referencia a las Concesiones administrativas: El dominio público. Características y tipos de res publicae y el problema de su titularidad. La Publicatio, el destino natural y la vetustas.
Lección 4
Protección o defensa del uso colectivo de las cosas de dominio público. Afirmación jurisprudencial de interés acerca del uso público. Res Publicae. Caracteres generales.
Lección 5
Interdicto de protección de lugar público. Introducción. Breve referencia al Interdicto quod vi aut clam. El problema de las res publicae y res fiscales. Afirmación de Ulpiano sobre el ámbito de aplicación . Funciones del Interdicto de protección de lugar público como interdicto útil. Remisión jurisprudencial a la actio iniuriarium para supuestos no contemplados por el interdicto. El tratamiento especial de los lugares sagrados.
Lección 6
Interdicto de protección de vías públicas. Aspectos generales de este interdicto y del restitutorio correspondiente. Clasificación de las vías. Orden pretoria con objeto de impedir cualquier tipo de violencia a los usuarios de las vías. Particularidades de las vías urbanas.
Lección 7
Interdicto de disfrute de lugar público. Consideraciones sobre los arrendatarios con derecho de pesca en el mar. Arrendatarios del Fisco: Generalidades de los publicanos. Colocación de imágenes y estatuas en suelo público. Interdicto de reparación de vías públicas.
Lección 8
Interdicto de protección de ríos públicos. Ríos públicos y ríos privados. Cauce. Orillas. Posible aplicación de este interdicto en relación al mar. Interdicto restitutorio. Breve referencia a las derivaciones del agua de un río público.
Lección 9
Estudio de otros interdictos referidos a ríos y orillas públicas.
Lección 10
Limitaciones de la propiedad por razones de interés público: Limitaciones de la propiedad en materia de Urbanismo. Concepto y caracteres del urbanismo en la Roma clásica. Las casas y calles en Roma: domus e insulae. Limitaciones urbanísticas al derecho de propiedad privada: Ambitus e iter limitare, altura y distancia entre edificios, ornamentación, conservación y mantenimiento de edificios. La expropiación forzosa.
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