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Ius Romanum. Área de Derecho Romano de la Universidad de Córdoba. Curso 2005/2006.

Derecho Administrativo Romano

Derecho Administrativo Romano

 

Departamento:

Ciencias Jurídicas Internacionales e Históricas y Filosofía del Derecho

 

Asignatura:

DERECHO ADMINISTRATIVO ROMANO

 

Profesor responsable del Área:

Prof. Dr. Juan Miguel Alburquerque

Catedrático de Derecho Romano

 

Profesorado de la asignatura:

Profª. Dra.  V. Ponte y Arrebola

Profesora Colaboradora (II) de Derecho Romano

 

 

OBJETIVO DE LA ASIGNATURA

 

Destacados administrativistas actuales como García de Enterría, Villar Palasí, Gallego Anabitarte, Parada Vázquez, etc.  han subrayado y valorado en instituciones concretas la influencia del Derecho Romano en el desarrollo y en la evolución del Derecho Administrativo moderno y en el Derecho Público en general. En efecto, en Roma el nivel de desarrollo de las estructuras y actividades de orden administrativo es similar a la importancia histórica y el grado de expansión de la comunidad política, lo que permite hablar de "Derecho Administrativo Romano" para hacer referencia al ámbito de la experiencia administrativa romana.

 

Lo que no existe en Roma , como señala Fernández de Buján, es una ciencia del Derecho Administrativo, en cuanto que no fue objeto de especulación teórica general por parte de los juristas romanos, ni ha sido construida por los romanistas. Incluso hay que esperar al siglo XIX para que pueda hablarse de un Derecho administrativo en sentido técnico, construido sobre la base de los principios del absolutismo del siglo XVIII y de los principios constitucionales propios de la Revolución Francesa y también hay que esperar al siglo XIX para que pueda hablarse de una ciencia del Derecho administrativo.

 

Por todo ello, el objeto de nuestra asignatura se concreta en el ámbito de la experiencia administrativa romana que nos proponemos estudiar conforme a la ordenación de Riccobono, básicamente en los términos en los que se desarrollan los 10 temas del programa. 

 

 

 

TEMARIO DE LAS CLASES PRÁCTICAS

 

Dicho temario se escoge cada año, según el interés docente de los libros recomendados en la sección de bibliografía.

 

 

 

SEMINARIOS

 

Se impartirán a lo largo del curso varios seminarios relacionados con el Derecho Público Romano. También se organizarán conferencias de prestigiosos romanistas a nivel nacional e internacional en esta Facultad a cargo del Área de Derecho Romano.

 

 

 

 

MÉTODOS DE VALORACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO

 

Se realizará un examen final escrito, teniéndose en cuenta la asistencia a clase del alumno.

 

 

 

 

METODOLOGÍA PEDAGÓGICA

 

Lecciones magistrales y clases prácticas. Se realizarán clases especiales con participación de alumnos en la exposición de casos prácticos.

 

 

 

BIBLIOGRAFÍA

 

Los libros recomendados este curso son:

 

-Derecho Público Romano. Recepción, Jurisdicción, Arbitraje y Proceso, de Antonio Fernández de Buján (Catedrático de Derecho Romano de la Universidad Autónoma de Madrid), 8ª edición, Thomson-Civitas. 2005.

-La protección o defensa del uso colectivo de las cosas de dominio público: Especial referencia a los interdictos de publicis locis (loca, itinere, viae, flumina, ripae), de Alburquerque , J.M., Dykinson, 2002.

-El régimen jurídico de las vías públicas en Derecho Romano, de V. Ponte, Dykinson, 2006.

 

Recursos Electrónicos:

-           Material para el estudio: AA.VV. Fernández de Buján, Antonio (Coord.).

Base de conocimiento jurídico/Programa de Derecho Romano (Madrid 2006).  www.iustel.com

-           Revistas Generales:

Revista General de Derecho Romano (RGDR). Dir. Antonio Fernández de Buján: www.iustel.com. Madrid 2006.

 

 

 

TEMARIO DE LAS CLASES TEÓRICAS

 

           

Lección 1

 

Derecho Administrativo Romano. Ideas preliminares y problemática metodológica. Concepto. Proyección en las legislaciones contemporáneas.

 

 

Lección 2

 

Ámbito de la experiencia administrativa romana. La organización administrativa de los territorios conquistados por Roma.  El sistema provincial: las leges provinciae. Colonias y municipios.

 

 

Lección 3

 

Competencias atribuidas a la Administración Pública. Especial referencia a las Concesiones administrativas: El dominio público. Características y tipos de res publicae y el problema de su titularidad. La Publicatio, el destino natural y la vetustas.

 

 

Lección 4

 

Protección o defensa del uso colectivo de las cosas de dominio público. Afirmación jurisprudencial  de interés acerca del uso público. Res Publicae. Caracteres generales.  

 

 

Lección 5

 

Interdicto de protección de lugar público. Introducción. Breve referencia al Interdicto quod vi aut clam. El problema de las res publicae y res fiscales. Afirmación de Ulpiano sobre el ámbito de aplicación . Funciones del Interdicto de protección de lugar público como interdicto útil. Remisión jurisprudencial a la actio iniuriarium para supuestos no contemplados por el interdicto. El tratamiento especial de los lugares sagrados.

 

Lección 6

 

Interdicto de protección de vías públicas. Aspectos generales de este interdicto y del restitutorio correspondiente. Clasificación de las vías. Orden pretoria con objeto de impedir cualquier tipo de violencia a los usuarios de las vías. Particularidades de las vías urbanas.

 

Lección 7

 

Interdicto de disfrute de lugar público. Consideraciones sobre los arrendatarios con derecho de pesca en el mar. Arrendatarios del Fisco: Generalidades de los publicanos. Colocación de imágenes y estatuas en suelo público.  Interdicto de reparación de vías públicas.

 

Lección 8

 

Interdicto de protección de ríos públicos. Ríos públicos y ríos privados. Cauce. Orillas. Posible aplicación de este interdicto en relación al mar. Interdicto restitutorio. Breve referencia  a  las derivaciones del agua de un río público.

 

Lección 9

 

Estudio de otros interdictos referidos a ríos y orillas públicas.

 

Lección 10

 

Limitaciones de la propiedad por razones de interés público: Limitaciones de la propiedad en materia de Urbanismo. Concepto y caracteres del urbanismo en la Roma clásica. Las casas y calles en Roma: domus e insulae. Limitaciones urbanísticas al derecho de propiedad privada: Ambitus e iter limitare, altura y distancia entre edificios, ornamentación, conservación y mantenimiento de edificios. La expropiación forzosa.

Derecho Público Romano

Derecho Público Romano

 

Departamento:

Ciencias Jurídicas Internacionales e Históricas y Filosofía del Derecho

 

Asignatura:

DERECHO PÚBLICO ROMANO

 

Profesor responsable del programa:

Prof. Dr. Juan Miguel Alburquerque Sacristán

 

Profesorado de la asignatura:

Profª. Dra. Mª del Carmen Jiménez Salcedo

Profesora Titular de Derecho Romano

 

Profª. Dra. V. Ponte y Arrebola

Profesora Colaboradora (II) de Derecho Romano

 

OBJETIVO DE LA ASIGNATURA

 

El descriptor de la asignatura de Derecho Romano, conforme a la referencia del plan de estudios en la Licenciatura de Derecho, atribuye a la romanística la misión de estudiar y explicar la recepción del Derecho Romano en Europa, lo que parece razonable si se concibe, como así lo creemos con A. Fernández de Buján, que el Derecho Romano es un producto histórico, en constante proceso de revisión y de crítica, conformado sobre la base de un substrato de conceptos, instituciones, clasificaciones, soluciones y lenguaje que, en buena medida, apenas han sido modificados desde su elaboración por el pensamiento jurídico romano hasta la actualidad. La expresión Derecho Romano se ha venido considerando desde distintos puntos de vista, de tal forma que, entre las varias significaciones conocidas, podemos sintetizar con Orestano las siguientes:

 

1) Derecho Romano como Derecho del pueblo romano, desde  la fundación de Roma (s. VIII a.C.) hasta la Compilación de Justiniano.

2) Derecho Romano como tradición romanística.

3) Derecho Romano como Derecho común europeo.

4) Derecho Romano como Pandectística.

5) Derecho Romano como objeto científico de estudio por la romanística.

 

En suma, se trata de un Derecho que puede considerarse como fundamento y modelo de muchos ordenamientos. Así pues, no podemos dejar de afirmar, sin residuo de vacilación o duda, la relevancia de la pervivencia del Derecho Romano y grandiosidad de este proceso evolutivo en el orden jurídico.

 

Con el estudio de esta asignatura se pretende sobre todo asentar los conocimientos básicos sobre las principales instituciones de Derecho Público Romano por haber constituido  éstas la base de modernas instituciones jurídicas. En efecto, se estudian conceptos referentes a las distintas formas y órganos de gobierno desarrollados en las diversas etapas históricas del Derecho Romano  y el complejo fenómeno de su recepción en Europa, lo que viene a constatar que el estudio del Derecho Romano es imprescindible para la formación del jurista moderno ya que constituye la expresión más viva de la vocación humana para el Derecho.

 

El programa se inicia con una introducción a través de la cual el alumno puede situarse en la disciplina que va a estudiar  y en la que de forma sumarial queda expuesto el mismo. A continuación se estudia la historia constitucional romana poniendo de relieve las distintas formas de gobierno existentes en cada una de sus etapas históricas, comenzando por la Monarquía y terminando con el Imperio bizantino. Asimismo, esta parte del programa tiene por finalidad el estudio de la historia jurídica de Roma y las fuentes del Derecho Romano en sus diversas etapas constitucionales. Las fuentes que más nos interesan a este respecto son las fuentes jurídicas que afectan directamente al Derecho, sin olvidar el interés que también pueden presentar las fuentes extrajurídicas, textos literarios, lingüísticos, históricos, etc..., que han contribuido en parte al mejor conocimiento de la realidad social y jurídica romana. Finalmente, en esta parte del programa se hace una especial referencia al Derecho Romano  y a la prolongada tradición jurídica que llega, desde el Corpus Iuris, hasta las codificaciones civiles del siglo XIX y se hace especial hincapié en que debe predominar la formación que consiste en dotar al estudiante de un verdadero y profundo sentido jurídico, que se consigue fundamentalmente con el aprendizaje de la técnica y del pensamiento problemático del iurisprudente. Asimismo,  comentamos el Derecho Administrativo Romano, el Derecho fiscal y la recepción del Derecho Romano en Europa y en Iberoamérica. Una exposición didáctica tradicional dedica un apartado especial al estudio de las acciones y del proceso en sus diferentes etapas históricas. A este objetivo están dedicadas las 6 últimas lecciones, en las que se estudia el Procedimiento Civil romano, legis actiones, procedimiento formulario y procedimiento de la cognitio extra ordinem. Asimismo, hacemos en esta sede especial referencia al concepto de iurisdictio y las diferencias entre los actos de iurisdictio contenciosa e iurisdictio voluntaria.

 

 

OBSERVACIONES FINALES

 

En definitiva, el Derecho Romano constituye la fuente y el origen principal de las máximas, reglas y  axiomas jurídicos que, como principios generales, se aplican en su calidad de Derecho vigente en los considerandos de innumerables sentencias del Tribunal Supremo español.

 

No existe en la cultura europea una experiencia jurídica que no esté en contacto directo con la ciencia jurídica creada por Roma.

 

La grandeza y valor imperecedero, por tanto actual, del Derecho Romano ha sido destacada por prestigiosos juristas de numerosos países poniendo de relieve la importancia y utilidad que reviste el estudio del Derecho Romano en la formación del jurista en la Europa Occidental. Cabría decir, por tanto, que el Derecho Romano constituye un elemento fundamental en la construcción de la Ciencia Jurídica Europea.

 

 

TEMARIO DE LAS CLASES PRÁCTICAS

 

Dicho temario se escoge cada año, según el interés docente de los libros recomendados en la sección de bibliografía.

 

SEMINARIOS

Se impartirán a lo largo del curso varios seminarios relacionados con el Derecho Público Romano. También se organizarán conferencias de prestigiosos romanistas a nivel nacional e internacional en esta Facultad a cargo del Área de Derecho Romano.

 

 

MÉTODOS DE VALORACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO

 

Finalizado el cuatrimestre se realizará un examen final escrito.

 

 

METODOLOGÍA PEDAGÓGICA

Lecciones magistrales y clases prácticas. Se realizarán clases especiales con participación de alumnos en la exposición de casos prácticos y exégesis de textos jurídicos.

 

BIBLIOGRAFÍA

Los libros recomendados este curso son:

-Derecho Público Romano. Recepción, Jurisdicción, Arbitraje y Proceso, de Antonio Fernández de Buján (Catedrático de Derecho Romano de la Universidad Autónoma de Madrid), 8ª edición, Thomson-Civitas. 2005.

-La protección o defensa del uso colectivo de las cosas de dominio público: Especial referencia a los interdictos de publicis locis (loca, itinere, viae, flumina, ripae), de Alburquerque , J.M., Dykinson, 2002.

-El régimen jurídico de las vías públicas en Derecho Romano, de V. Ponte, Dykinson, 2006.

 

Recursos Electrónicos:

-           Material para el estudio: AA.VV. Fernández de Buján, Antonio (Coord.).

Base de conocimiento jurídico/Programa de Derecho Romano (Madrid 2006).  www.iustel.com

-           Revistas Generales:

Revista General de Derecho Romano (RGDR). Dir. Antonio Fernández de Buján: www.iustel.com. Madrid 2006.

 

 

TEMARIO DE LAS CLASES TEÓRICAS

 

 

Lección 1

 

Concepto de Derecho Romano. Valor actual del Derecho Público Romano. Historia constitucional romana en sus etapas históricas. Fuentes del Derecho Romano.

 

Lección 2

 

La Italia primitiva y los orígenes de la civitas romana. Organizaciones precívicas.

 

Lección 3

 

La civitas primitiva y la monarquía. El Rey. Los Colegios sacerdotales. El Senado. Las asambleas  Populares.

 

Lección 4

 

La civitas patricio-plebeya y la república. Confrontación inicial y equiparación posterior entre patriciado y plebe.

 

Lección 5

 

La legislación de las XII Tablas. Derecho Procesal. Derecho de familia. Derecho sucesorio. Derecho de propiedad y relaciones de vecindad. Negocios jurídicos. Derecho penal. Ius sacrum y normas diversas.

 

Lección 6

 

El Senado Republicano: composición y funcionamiento. Competencias del Senado.

 

Lección 7

 

Las asambleas populares. Procedimiento comicial. Competencias.

 

Lección 8

 

Las magistraturas. Concepto y notas características. Las magistraturas en general. Cónsules. Pretores. Dictador. Cuestores. Censores. Tribunos de la plebe. Ediles.

 

Lección 9

 

Las fuentes del Derecho antiguo y preclásico. Ley. Plebiscito. Senado-consulto. El edicto del pretor urbano. Jurisprudencia republicana.

 

Lección 10

 

El Principado de Augusto. Las fuentes del Derecho clásico. Constituciones imperiales. La jurisprudencia clásica. La técnica de elaboración casuística.

 

Lección 11

 

La monarquía absoluta o Dominado. Derecho postclásico. Iura et leges. Las compilaciones: el Codex Theodosianus. Cristianismo y Derecho Romano.

 

Lección 12

 

El Imperio Bizantino. La Compilación de Justiniano: Instituciones. Digesto.  Código. Novelas.

 

Lección 13

 

Derecho Penal Privado. Derecho Penal Público o criminal. Proceso Penal. La Asamblea Popular como Tribunal de Justicia. Tribunales penales permanentes. El Derecho Penal en el Principado y en el Imperio: Delitos y penas.

 

Lección 14

 

Ideas generales: Derecho Romano y tradición jurídica europea. Jurisprudencia romana y sistemas jurídicos actuales. Derecho Administrativo Romano. Derecho Fiscal Romano. La recepción del Derecho Romano en Europa. La recepción del Derecho Romano en Iberoamérica.

 

 

PROCESO

 

Lección 15

 

            Las nociones de iurisdictio, cognitio y iudicatio. Venganza privada, justicia privada y justicia pública. Actio y actiones. El problema de la jurisdicción voluntaria. Etapas evolutivas del proceso. Partes y representantes de las partes.

 

Lección 16

 

            Diferencias entre los actos de iurisdictio contentiosa e iurisdictio voluntaria. Tipos de documentos y los tabelliones.

 

Lección 17

 

            Magistrados competentes en materia de iurisdictio contentiosa e iurisdictio voluntaria. Elenco de manifestaciones en materia de iurisdictio voluntaria en el derecho clásico y en la praxis postclásica.

 

Lección 18

 

            El procedimiento de las acciones de la ley. Acción de la ley por apuesta sacramental (legis actio sacramento). Acción de la ley por petición de juez o árbitro (legis actio per iudicis arbitrisve postulationem). Acción de la ley por condición (legis actio per condictionem). Fase ante el magistrado (in iure). Fase ante el juez (apud iudicem). La sentencia. La ejecución de la sentencia: acción de la ley por aprehensión corporal (legis actio per manus iniectionem). Acción de la ley por toma de prenda (legis actio per pignoris capionem).

 

Lección 19

 

            El procedimiento formulario. Origen. Fase ante el magistrado (in iure). Partes de la fórmula. Clases de acciones. Litis contestatio. Fase ante el juez (apud iudicem). Sentencia. Protección pretoria extraprocesal.

 

Lección 20

 

La cognitio extra ordinem. La tramitación del procedimiento extraordinario. La sentencia.

Derecho Romano (Privado)

Derecho Romano (Privado)

 

Departamento:

 

Ciencias Jurídicas Internacionales e Históricas y Filosofía del Derecho

 

Asignatura:

DERECHO ROMANO

 

Profesor responsable del programa:

 

Prof. Dr. Juan Miguel Alburquerque Sacristán

Catedrático de Derecho Romano

 

Profesorado de la asignatura:

 

Profª. Dra. Mª del Carmen Jiménez Salcedo

Profesora Titular de Derecho Romano

 

Profª. Dra. V. Ponte y Arrebola

Profesora Colaboradora (II) de Derecho Romano

 

 


 

OBJETIVO DE LA ASIGNATURA

 

El descriptor de la asignatura de Derecho Romano, conforme a la referencia del plan de estudios en la Licenciatura de Derecho, atribuye a la romanística la misión de estudiar y explicar la recepción del Derecho Romano en Europa, lo que parece razonable si se concibe, como así lo creemos con A. Fernández de Buján, que el Derecho Romano es un producto histórico, en constante proceso de revisión y de crítica, conformado sobre la base de un substrato de conceptos, instituciones, clasificaciones, soluciones y lenguaje que, en buena medida, apenas han sido modificados desde su elaboración por el pensamiento jurídico romano hasta la actualidad. La expresión Derecho Romano se ha venido considerando desde distintos puntos de vista, de tal forma que, entre las varias significaciones conocidas, podemos sintetizar con Orestano las siguientes:

 

1) Derecho Romano como Derecho del pueblo romano, desde  la fundación de Roma(s. VIII a.C.) hasta la Compilación de Justiniano.

2) Derecho Romano como tradición romanística

3) Derecho Romano como Derecho común europeo.

4) Derecho Romano como Pandectística.

5) Derecho Romano como objeto científico de estudio por la romanística.

 

En suma, se trata de un Derecho que puede considerarse como fundamento y modelo de muchos ordenamientos. No podemos dejar de afirmar, sin residuo de vacilación o duda, la relevancia de la pervivencia del Derecho Romano y grandiosidad de  este proceso evolutivo en el orden jurídico.

 

Con el estudio de esta asignatura se pretende, sobre todo, asentar los conocimientos básicos sobre las principales instituciones de Derecho Privado Romano por haber constituido  éstas la base de modernos ordenamientos jurídicos. En efecto, se estudian conceptos referentes al Derecho de obligaciones, Derechos reales, Derecho de familia y sucesiones, todo ello precedido por el estudio de una parte general en la que se incluye un recorrido  por las diversas etapas históricas del Derecho Romano y su recepción en Europa.

 

El estudio del Derecho Romano es imprescindible para la formación del jurista moderno, ya que constituye la expresión más viva de la vocación humana para el Derecho. El Derecho Romano es un Derecho eminentemente casuístico, sirve eficazmente para el adiestramiento del jurista en la técnica del caso concreto. Asimismo, cabe recordar que el casuismo es admitido universalmente (incluso en los pragmáticos estudios de algunas universidades norteamericanas).

 

El programa es, ante todo, un instrumento didáctico y su estructura es el cauce por donde fundamentalmente profesor y alumno van a discurrir a lo largo de todo un curso académico. Se trata, por lo tanto, de un instrumento a su vez de comunicación y debe, por tanto, poseer también un margen de flexibilidad que le permita hacer frente a las posibles investigaciones posteriores que jalonan su andadura.

 

El programa se inicia con una introducción a través de la cual el alumno puede situarse en la disciplina que va a estudiar  y en la que de forma sumarial queda expuesto el mismo. A continuación hacemos referencia a las ideas romanas del Derecho dentro del apartado referente a Conceptos generales, Personas,  donde abordamos tanto las conocidas dicotomías del Ius como el Derecho de personas, en el que se desarrollan los conceptos de "persona", con el estudio de las situaciones jurídicas de "libertad", "ciudadanía" y "familia", y de "capacidad jurídica" y  "capacidad de obrar".

 

A pesar de estar ausente de la jurisprudencia romana la teoría general del negocio jurídico (como es sabido, es una elaboración de la Pandectística alemana del siglo XIX) hemos considerado oportuno dedicar un breve comentario al respecto (elementos esenciales y accidentales de la actividad negocial, ineficacia y representación en la actividad negocial) con la finalidad de que el alumno adquiera algunos conocimientos básicos que le permitan allanar el camino para la mejor comprensión de la disciplina restante. Esto con independencia de que también la asociemos a las instituciones concretas donde se asignaron.

 

El criterio precursor para establecer el orden de materias del programa que presentamos ha sido fundamentalmente el de menor a mayor dificultad de las mismas.

 

En este sentido, el siguiente epígrafe "Posesión y Derechos reales" (temas IV a X se destina  al estudio de la posesión; comprende también el concepto de "cosas" y sus clases, la "propiedad", "servidumbres", "usufructo", "enfiteusis", "superficie" y "derechos reales de garantía".

 

El estudio del Derecho de obligaciones se centra, fundamentalmente, en su concepto y estudio teórico de la "obligación" (temas XI a XVIII). Asimismo, se procede en este epígrafe al  análisis de la sistemática contractual romana, que viene a suponer una de las más valiosas aportaciones del Derecho Romano a la moderna ciencia jurídica.

 

La "familia" y las instituciones tutelares se estudian en los temas XIX, XX y XXI.

 

Al ser la institución familiar una materia tratada por la jurisprudencia clásica, principalmente, desde el punto de vista patrimonial, esta circunstancia contribuye a situar el Derecho de Familia como antecedente o a modo de introducción de la herencia.

 

La conexión existente entre la tutela y la familia nos ha llevado a tratar la "tutela" también en este epígrafe. El programa finaliza con el Derecho Hereditario y las Donaciones (temas XXII a XXX). Se destina este epígrafe al concepto de "herencia", "capacidad" tanto para testar como para heredar, las distintas clases de "sucesión", materia de "legados", "fideicomisos" y "donaciones". Respecto a la donación, cabe decir que incluso su inclusión sistemática es discutible, pero es indudable su conexión con la herencia y la familia. La donación se incluye en la parte general, a propósito de la causa, o en los contratos o en la sucesión hereditaria. En este punto hemos decidido también seguir algunos criterios tradicionales, lo que nos ha llevado a situar la donación en el último apartado del programa, como cosa adjunta o añadida al Derecho Hereditario del cual puede verse, fundamentalmente, por vía de la donatio mortis causa como parte accesoria o dependiente.

 

 

OBSERVACIONES FINALES

 

En definitiva, el Derecho Romano constituye la fuente y el origen principal de las máximas, reglas y  axiomas jurídicos que, como principios generales, se aplican en su calidad de Derecho vigente en los considerandos de innumerables sentencias del Tribunal Supremo español. No existe en la cultura europea una experiencia jurídica que no esté en contacto directo con la ciencia jurídica creada por Roma.

 

La grandeza y valor imperecedero, por tanto actual, del Derecho Romano ha sido destacada por prestigiosos juristas de numerosos países poniendo de relieve la importancia y utilidad que reviste el estudio del Derecho Romano en la formación del jurista en la Europa Occidental. En definitiva, el Derecho Romano constituye un elemento fundamental en la construcción de la Ciencia Jurídica Europea.

 

 

TEMARIO DE LAS CLASES PRÁCTICAS

 

Dicho temario se escoge cada año, según el interés docente de los libros recomendados en la sección de bibliografía.

 

SEMINARIOS

 

Se impartirán a lo largo del curso varios seminarios relacionados con el Derecho Público Romano y el Derecho Privado Romano. También se organizarán conferencias de prestigiosos romanistas a nivel nacional e internacional en esta Facultad a cargo del Área de Derecho Romano.

 

 

MÉTODOS DE VALORACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO

 

 Finalizado el cuatrimestre se realizará un examen final escrito.

 

 

METODOLOGÍA PEDAGÓGICA

 

Lecciones magistrales y clases prácticas. Se realizarán clases especiales con participación de alumnos en la exposición de casos prácticos. Asistencia, en ocasiones, a juicios en Córdoba que puedan relacionarse más directamente con el contenido de la asignatura.

 

BIBLIOGRAFÍA

 

Los libros recomendados en este curso son:

 

-  Derecho Público Romano. Recepción, Jurisdicción , Arbitraje y Proceso, de Antonio Fernández de Buján (Catedrático de Derecho Romano de la Universidad Autónoma de Madrid) , 8ª edición , Thomson-Civitas. 2005.

- La protección o defensa del uso colectivo de las cosas de dominio público: Especial referencia a los interdictos de publicis locis (loca, itinere, viae, flumina, ripae), de Alburquerque , J.M., Dykinson, 2002.

- Derecho Privado Romano, de Antonio Ortega  Carrillo de Albornoz, última edición.

- El régimen jurídico de las vías públicas en Derecho Romano, de V. Ponte, Dykinson, 2006.

- Práctica jurídica según el Derecho Romano y el Código Civil, de A. Ortega Carrillo de Albornoz (clases prácticas). Última edición.

 

            Recursos Electrónicos:

- Material para el estudio: AA.VV. Fernández de Buján, Antonio (Coord.).

Base de conocimiento jurídico/Programa de Derecho Romano (Madrid 2006).  www.iustel.com

 

- Revistas Generales:

Revista General de Derecho Romano (RGDR). Dir. Antonio Fernández de Buján:  www.iustel.com . Madrid 2006

 

TEMARIO DE LAS CLASES TEÓRICAS

 

PRIMERA PARTE

CONCEPTOS GENERALES, PERSONAS

 

Lección 1

 

      Conceptos. Dicotomías de Ius. Ius-fas. Iux-lex. Ius-mos. Ius-civile-ius praetorium. Ius gentium. Ius naturale. Ius commune. Ius  singulare. Beneficium-privilegium. Ius publicum- ius privatum.

 

Lección 2

 

      Ciudadanos, peregrinos y latinos. Persona física. Persona jurídica. Corporaciones. Asociaciones. Fundaciones. Incapacidad de obrar de algunos sujetos sui iuris. Situaciones limitadoras de capacidad.

 

Lección 3

 

      Formalismo del ius civile. Elementos esenciales y accidentales de la actividad negocial. Ineficacia y representación en la actividad negocial.

 

 

SEGUNDA PARTE

POSESIÓN Y DERECHO REALES

 

Lección 4

 

      Concepto y tipos de posesión. Adquisición, retención y pérdida de la posesión. Defensa de la posesión. Possessio iuris.

 

Lección 5

 

      Concepto y clasificación de las cosas. Especial referencia a las cosas públicas. Concepto y clases de propiedad:

 

a) Dominium ex iure Quiritium

b) Propiedad pretoria bonitaria

c) Propiedad de los peregrinos

d) Propiedad provincial

 

      Defensa de la propiedad. Limitaciones legales de la propiedad. El condominio.

 

Lección 6

 

      Clasificación de los modos de adquirir la propiedad. Ocupación. Accesión. Especificación. Tesoro. Adquisición de frutos. Confussio y commixtio. Mancipatio. In iure cessio. Traditio. Usucapio. Adiucatio.

 

Lección 7

 

      Servidumbres prediales. Principios y reglas de las servidumbres. Clases de servidumbres. Constitución de las servidumbres. Defensa de la servidumbre. Extinción de las servidumbres.

 

Lección 8

 

      Usufructo. Concepto. Constitución, defensa y extinción del usufructo. Cuasiusufructo. Uso, habitación y servicios de esclavos.

 

Lección 9

 

      Enfiteusis. Superficie.

 

Lección 10

 

      Derechos reales de garantía. Fiducia. Pignus. Hypotheca.

 

 

 

TERCERA PARTE

OBLIGACIONES

 

Lección 11

 

      La obligación: concepto y evolución histórica. Contenido de la obligación: la prestación y sus caracteres. Clasificación de las obligaciones.

 

Lección 12

 

      Delitos privados. Hurto. Rapiña. Daño (damnum inuiria datum). Lesiones u ofensas (iniuria). Cuasidelitos y delitos pretorios.

 

Lección 13

 

      Fuentes y clasificación de las obligaciones. Transmisión de las obligaciones. Extinción de las obligaciones.

 

Lección 14

 

      Garantía de las obligaciones. Incumplimiento de las obligaciones: culpa, dolo, caso fortuito, fuerza mayor, custodia y mora.

 

Lección 15

 

      Sponsio y stipulatio. Evolución, contenido y modalidades de la stipulatio. Stipulatio aquiliana. Stipulatio alteri. Stipulatio postmortem. Pluralidad de sujetos y solidaridad. Obligatio litteris. Transmisión de créditos y deudas (transcriptio nominum). Documentos crediticios subjetivos (chirographa) y objetivos (syngrapha).

 

Lección 16

 

      El crédito y los negocios crediticios. Mutuo. Comodato. Pignus y fiducia. Depósito.

 

Lección 17

 

      Contratos consensuales. Compraventa. Origen. Caracteres. Acciones. Requisitos de la cosa y caracteres del precio. Obligaciones del comprador y del vendedor. Pactos añadidos a la compraventa. Arras. Contrato de arrendamiento. Caracteres. Acciones. Tipos: arrendamiento de cosa (locatio conductio rei), arrendamiento de servicios (locatio conductio operarum), arrendamiento de obra (locatio conductio operis). Transporte marítimo de mercancías: lex Rhodia de iactu. Contrato de sociedad. Contrato de mandato.

 

Lección 18

 

      Origen de los nova negotia. Cuasicontratos. Negotiorum gestio. Solutio indebiti. Promesas no contractuales y pactos. Pactos legítimos. Pactos pretorios.

 

CUARTA PARTE

DERECHO DE FAMILIA

 

Lección 19

 

      Concepto de familia. Las relaciones de potestad. Extinción de la patria potestad y emancipación. Situación patrimonial de los hijos y esclavos. El peculio. Parentesco.

 

Lección 20

 

      El matrimonio romano. Requisitos del matrimonio clásico. La disolución del matrimonio y el divorcio. Esponsales. Concubinato. El matrimonio en Derecho postclásico. Las relaciones patrimoniales entre cónyuges.

 

Lección 21

 

      Tutela y curatela. Concepto. Tutela de los impúberes: legítima, testamentaria, dativa. Fundaciones y responsabilidad del tutor. Tutela de las mujeres. Curatela.

 

 

QUINTA PARTE

DERECHO HEREDITARIO

 

Lección 22

 

      Origen de la noción de hereditas. Las concepciones sobre la herencia en las diversas etapas históricas. Objeto de la herencia. Presupuestos de la sucesión hereditaria. Delación de la herencia. Usucapio pro herede.

 

Lección 23

 

      Adquisición y aceptación de la herencia. Efectos de la adquisición hereditaria. Confusión hereditaria y separación de bienes. El beneficio de inventario. Acciones hereditarias.

 

Lección 24

 

      La sucesión intestada. La sucesión intestada del ius civile. La sucesión intestada en el edicto del pretor. Reformas de la legislación imperial. La sucesión intestada en el derecho justinianeo.

 

Lección 25

 

      La sucesión testamentaria. El testamento. Concepto y características. Formas del testamento. El codicilo. Formas extraordinarias del testamento. Capacidad para testar y para heredar.

 

Lección 26

 

      Contenido del testamento I. La institución del heredero. La institución bajo condición o término. Las sustituciones.

 

Lección 27

 

      Contenido del testamento II. Legados y fideicomisos. Concepto y clases de legados. Objeto de los legados. Prelegado. Fideicomisos: concepto, evolución histórica y clases.

 

Lección 28

 

      Interpretación del testamento. Voluntas testatoris. Ineficacia del testamento. Revocación del testamento.

 

Lección 29

 

      La sucesión contra el testamento. La sucesión contra el testamento en el derecho civil. Reformas pretorias. El testamento inoficioso. La legítima Justinianea.

 

Lección 30

 

            Donaciones. Concepto. La lex Cincia y los límites de las donaciones entre cónyuges. La donación mortis causa. La donación modal.